TERCERA CAMARA DEL TRABAJO - PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA

PODER JUDICIAL MENDOZA

foja: 121

CUIJ: 13-02041576-7((010403-150108))

MOYANO VIDELA CARLOS JAVIER C/ PREVENCION ART SA P/ ACCIDENTE

*102049800*

Mendoza, 16 de Septiembre de 2016.

I)- Proveyendo a fs. 119/120 y vta: 1)- Téngase presente la pericia presentada por el perito MEDICO LABORAL, y póngase la misma a disposición de las partes por el término de CINCO (5) DIAS (Artículo 193 del Código Procesal Civil y Artículo 108 del Código Procesal Laboral). Notifíquese.


2)- )- Fíjese fecha de audiencia para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DE 2016 a las NUEVE Y DIEZ HORAS  a fin de que concurran las partes en forma personal, con sus profesionales patrocinantes, o representantes con poder suficiente, por ante el Tribunal y con asesoramiento del Cuerpo de Mediadores, a efectos de intentar conciliar, total o parcialmente sobre los hechos, pruebas y excepciones, formular avenimientos y rectificar los posibles errores procesales; en los términos del art. 77 y 19 del CPL, de considerar la no concurrencia como obstaculización del proceso judicial (art. 22 y 34 y ccs. Del CPC, art. 46 CPC, 19 y 108 CPL y de aplicar las sanciones conminatorias conforme lo normado por el art. 275 de la LCT). Hágase saber a las partes que no podrá ser invocado el art. 29 del CPC, 108 del CPL en la audiencia sin acreditar en el mismo acto la urgencia prevista en la norma.  NOTIFÍQUESE en los domicilios REALES y LEGALES pertinentes.  

(A CONTINUACION SE ADJUNTA EL TEXTO DE LA PERICIA)

CSP


Firmado:




DR. ENRIQUE HECTOR CATAPANO GUDIÑO
Camarista



PERICIA MÉDICA






EXCMA. CAMARA TERCERA:


JORGE ALBERTO GANUN, médico Mat. Prof. 2126, médico Especialista en Medicina del Trabajo, designado PERITO MÉDICO LABORAL, en estos autos Nº 150.108 caratulados “MOYANO VIDELA CARLOS JAVIER C/ PREVENCION ART S.A. P/ ACCID.”, comparece ante V.E. y respetuosamente dice:


I- Que vengo por este acto, a presentar en tiempo y forma, el dictamen ordenado por V.E. en estos autos, manifestando que encontrándose denunciado el turno médico para pericia para el 21/06/2016, el veedor médico de la demandada no concurrió al examen médico pericial.

Pongo en conocimiento de V.E., que este dictamen ha sido enviado al correo electrónico de vuestra Excelentísima Cámara a los fines de correr traslado a las partes.


II- ANTECEDENTES DE AUTOS DE INTERÉS MÉDICO LEGAL

Se trata del Sr. Moyano Videla Carlos Javier, con D.N.I. Nº 31.287.953, de 31 años de edad, ocupación: empleado, domiciliado en Godoy Cruz, Mendoza.-



III- ESTUDIO O DESCRIPCIÓN MÉDICO LEGAL DEL CASO

De la anamnesis, refiere el actor que el día 08/12/2012 tuvo un accidente in itínere, fue asaltado por 2 delincuentes, sufriendo fractura de muñeca derecha.

De las constancias médicas obrantes en autos, surge el estudio de RMN de muñeca derecha (09/01/2013), que informó: “trazo de fractura en región metafisiaria distal de radio con marcado edema medular ósea subyacente. Adecuada congruencia articular radio-cubital distal, radio cubito-carpiana, mediocarpiana y carpometacarpiana”.


IV.- CONSIDERACIONES O DISCUSIONES MÉDICO LEGALES

Actualmente al examen físico, el actor presenta a la palpación de muñeca derecha, dolor y tumefacción.

Hay limitación funcional, constatándose:

- Flexión dorsal hasta 30º (4%)

- Flexión palmar hasta 40º (3%)

- Desviación radial hasta 10º (1%)

- Desviación cubital hasta 1º (2%)

TOTAL: 10%

Impotencia funcional y falta de fuerza muscular en miembro superior hábil (diestro).


Respecto a las fracturas de muñeca cito bibliografía médica:

“La fractura de muñeca es una de esas lesiones que se deben tratar en tiempo y forma para evitar problemas posteriores que no tendrán solución. Es una lesión sumamente dolorosa y que lleva una recuperación mínima de 6 semanas.

La fractura de muñeca está dada por la rotura de algún hueso que componen la parte inferior del brazo, siendo los huesos radio y cúbito los dos que componen la muñeca, sumado a los ocho huesos carpales que conectan el antebrazo con los dedos.

Para detectar la fractura se debe realizar una radiografía de la mano y el brazo, ya que a simple vista puede parecer una luxación, esguince o las consecuencias del dolor de una tendinitis.

La fractura de muñeca más común es la fractura del Colle, hueso que se encuentra en el radio y forma la articulación principal de la muñeca.

Otras de las lesiones comunes es la fractura del Escafoide, hueso que se encuentra al lado del dedo pulgar.

Tipos de fractura de muñeca


Las causas más comunes son los traumatismos derivados de una caída, donde se apoya todo el peso del cuerpo sobre la muñeca que no es capaz de mantenerse firme y sostener toda la masa corporal.

Es una lesión sumamente dolorosa y molesta, cuyos síntomas principales son: - dolor intenso en toda la zona - moretones e hinchazón - imposibilidad de movimiento en todos los dedos, agudizado en el dedo pulgar - deformación de la muñeca

Los primeros auxilios ante una fractura de muñeca debe ser procurar que no se mueva la mano, dejándola lo más firme que se pueda ya que cada pequeño movimiento es producto de un fuerte dolor, además se aconseja:

- Dejar la mano hacia arriba para que la sangre no se acumule en la extremidad.

- Colocar hielo para aliviar el dolor y bajar la inflamación.

- No suministrar ningún medicamento.

- No consumir líquidos ni alimentos ya que eso puede afectar y retrasar una eventual cirugía.

- Concurrir de inmediato a la emergencia.

Tratamiento de fractura de muñeca

El tratamiento en general consiste de una cirugía siempre que sea necesaria, y al igual que sucede con la fractura del tobillo o el pie, se pueden aplicar placas y tornillos para que el hueso se recupere y vuelva a su lugar.


Placas de fractura de muñeca


Posterior a la operación se debe realizar una rehabilitación que consiste en la quietud del brazo mediante un yeso que puede ir hasta el codo o incluso hasta el hombro; para un vez quitado el yeso comenzar a realizar ejercicios de recuperación y fisioterapia.

Dependiendo de los huesos y los ligamentos involucrados en la fractura de muñeca es el tiempo de recuperación que lleve, pudiendo durar de 6 a 10 semanas, salvo en los casos de una rotura de escafoide que puede tardar hasta 16 semanas.

Si no se trata en tiempo y forma es una lesión que deja secuelas para siempre y que luego ya no se podrán revertir, con dolencias y movimientos con los cuales se sentirán molestias permanentes”.


- Factores de ponderación:

Dificultad para tareas habituales: media 15% (1,57%);

Posibilidad de reubicación laboral: no amerita 0%;

Factor edad: 3% (0,31%)

TOTAL: 1,88%

V – CONCLUSIONES

La actora presenta limitación funcional (10%) en muñeca derecha (miembro hábil 5% de 10%=0,5%), que le genera una incapacidad parcial y permanente del 12,38% (“Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales” de Decreto Nº659/96) incluido en dicho porcentaje los factores de ponderación (1,88%).


VI.- PUNTOS DE PERICIA

- De la actora y demandada

Los interrogatorios han sido respondidos en el desarrollo del presente dictamen pericial.


VII.- PETITORIO: Por lo expuesto precedentemente a V.E. respetuosamente solicito:

1°).- Se tenga por presentada en tiempo y forma la pericia ordenada.-

2°).- Se ordene dar vista de la misma a las partes.-

3º).- Oportunamente se practique la regulación de mis honorarios.-

SERÁ JUSTICIA