TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA EN LO TRIBUTARIO

PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA

PODER JUDICIAL MENDOZA

13-04497430-9((012230-799386))MUNICIPALIDAD DE GUAYMALLEN C/ ADOUE SILVINA RUTH P/APREMIO

*104579182*


FICHA DE RESUMEN DE CAUSA



Actor: MUNICIPALIDAD DE GUAYMALLEN

N° de Título: GUA112078117

Demandado: ADOUE SILVINA RUTH

DNI/CUIT: S/D 90194851/

Domicilio: LAS MADRESELVAS 2121, SAN FRANCISCO DEL MONTE, GUAYMALLÉN, PROVINCIA DE MENDOZA

Monto: 2320,74

Oficial de Justicia: PIRA LUCIA BEATRIZ

DOCUMENTACIÓN DIGITAL

Se deja constancia que la parte actora, en cumplimiento de la acordada N° 26.797 y bajo su responsabilidad, ha acompañado planilla de ingreso con los datos precedentes; y archivo GUA112078117 con la digitalización de la demanda y documentación adjunta, que se ponen a su disposición en el siguiente hipervínculo:

Ver documentación digitalizada:

http://www2.jus.mendoza.gov.ar/tributario/buscar.php?carpeta=Actuaciones&archivo=GUA112078117.pdf


Expediente Digital en www.jus.mendoza.gov.ar / IurixOnline con su Número de Cuij; o en el siguiente enlace:

http://www.jus.mendoza.gov.ar/iurix-online/public/ficha.xhtml?paramId=13-04497430-9



Foja: 3

CUIJ: 13-04497430-9((012230-799386))

MUNICIPALIDAD DE GUAYMALLEN C/ ADOUE SILVINA RUTH P/APREMIO

*104579182*

Mendoza, 19 de Octubre de 2018.


VISTOS Y CONSIDERANDO:

I. Que comparece LLOPART ANALIA BELEN en su carácter de Recaudador Fiscal de MUNICIPALIDAD DE GUAYMALLEN, con personería acreditada conforme a lo dispuesto por el Art. 248 Inc. I CPCCyTMza.). e inicia Ejecución Fiscal contra ADOUE SILVINA RUTH por la Suma de PESOS Dos mil trescientos veinte con setenta y cuatro/100 ($2320,74) en base a la Boleta de Deuda GUA112078117 que acompaña.-

II. Que conforme el artículo 117 del Código Fiscal, modificado por ley 9022, en la boleta de deuda debe discriminarse la comisión administrativa de cobranza. Teniendo en cuenta que en tal título se encuentra determinada, la suma allí prevista debe adicionarse al crédito reclamado.-

Por ello y lo dispuesto por los Artículos 232; 250; 254; 36 y concordantes del Código Procesal Civil Comercial y Tributario de Mendoza,

RESUELVO:

1º) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta que la parte demandada ADOUE SILVINA RUTH haga íntegro pago a la parte actora la suma de PESOS Dos mil trescientos veinte con setenta y cuatro/100 ($2320,74), con más la suma de PESOS Mil quinientos ($1500), que se presupuesta provisoriamente para responder a intereses, costas y aportes de la ley 5059, montos sujetos a liquidación definitiva.

2º) HÁGASE saber a la parte demandada que dentro del plazo de CINCO (05) DÍAS podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en la presente resolución, adhiriendo a alguno de los planes de pago vigentes en el organismo ejecutante, o bien depositando en una cuenta judicial del Banco de la Nación Argentina Sucursal Tribunales y a nombre de estos autos el capital de condena más la suma estimada para intereses y costas, debiendo en ambos casos acreditarlos debidamente en el expediente; o en su defecto, oponerse a la ejecución deduciendo las excepciones previstas en el Art. 250 VI del CPCCyTMza., bajo apercibimiento de pasarse directamente a la etapa de cumplimiento forzado de la sentencia y de notificarle las providencias sucesivas en los estrados del tribunal en caso de no haber constituido domicilio (conf. Arts. 21 y 66 del CPCCyTMza.)

3º) Conforme lo solicitado, y lo dispuesto por el Art. 250 inc. III del CPCCyTMza., téngase a PIRA LUCIA BEATRIZ, como Oficial de Justicia y Receptor Ad-Hoc en los presentes autos, atento la aceptación de cargo realizada en el Registro de Oficiales de Justicia y Receptores Ad-Hoc del Tribunal (Res. Int. N° 7/16 - expediente CUIJ 13-03972938-9).

4º) Imponer provisoriamente las costas a la parte ejecutada (Art. 36 del CPCCyTMza.). -

5º) Regular provisoriamente los honorarios de LLOPART ANALIA BELEN, en su carácter de Recaudador Fiscal en la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHO CON OCHENTA Y SIETE/100 ($208,87), sin perjuicio de los complementarios que pudieran corresponder (Art. 7, 20 y 3l de la Ley 3641 modificado por Decreto Ley 1.304/75).

6°) Regular provisoriamente los honorarios de PIRA LUCIA BEATRIZ en su carácter de Oficial de Justicia y Receptor Ad-Hoc en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS CON CUARENTA Y UN/100 ($46,41) (Art. 2 Dec. Ley 4850/83)

7°) La presente Resolución, incluidos las costas y los honorarios regulados se convertirán automáticamente en definitivos en caso de no oponer excepciones (Art 235 CPCCyTMza.) .

8°) NOTIFÍQUESE en el domicilio fiscal o especial de la parte ejecutada. En razón de tratarse de expediente digital accesible en http://www.jus.mendoza.gov.ar/iurix-online/public/ficha.xhtml?paramId=13-04497430-9, hágase saber al ejecutado que el traslado de la demanda se encuentra disponible en formato digital de conformidad a lo autorizado por Acordada N° 26.797 y Art. 53 CPCCyTMza., pudiendo acceder al traslado en:

http://www2.jus.mendoza.gov.ar/tributario/buscar.php?carpeta=Actuaciones&archivo=GUA112078117.pdf

SG






DRA. MARIA GABRIELA ABALOS
Juez

Ver Imagen Firmada Digitalmente

http://www2.jus.mendoza.gov.ar/tributario/buscar.php?carpeta=Resoluciones&archivo=2018-10-19-11-SM02-SG.pdf

ZONA CÉDULA 19/10/18

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Tribunal: TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA EN LO TRIBUTARIO

Dirección Tribunal: Colón 147 Ciudad de Mendoza. Tel. 0261 449-7664

Expte. N°: 13-04497430-9((012230-799386)) Caratulado “MUNICIPALIDAD DE GUAYMALLEN C/ ADOUE SILVINA RUTH P/APREMIO

Notificar a: ADOUE SILVINA RUTH

Domicilio: FISCAL / ESPECIAL LAS MADRESELVAS 2121, SAN FRANCISCO DEL MONTE, GUAYMALLÉN, PROVINCIA DE MENDOZA

Boleta de deuda / Resolución n°: GUA112078117

Motivo de la notificación: se le comunica la existencia de un reclamo de deuda, monto y las acciones tomadas en relación a la misma, así como las medidas que puede adoptar.-

TRASLADO: http://www2.jus.mendoza.gov.ar/tributario/buscar.php?carpeta=Actuaciones&archivo=GUA112078117.pdf

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Se hace saber que a fs. 3 de estos autos el Juzgado resolvió: Mendoza, 19 de Octubre de 2018.VISTOS Y CONSIDERANDO: I. Que comparece LLOPART ANALIA BELEN en su carácter de Recaudador Fiscal de MUNICIPALIDAD DE GUAYMALLEN, con personería acreditada conforme a lo dispuesto por el Art. 248 Inc. I CPCCyTMza.). e inicia Ejecución Fiscal contra ADOUE SILVINA RUTH por la Suma de PESOS Dos mil trescientos veinte con setenta y cuatro/100 ($2320,74) en base a la Boleta de Deuda GUA112078117 que acompaña.; II.- Que conforme el artículo 117 del Código Fiscal, modificado por ley 9022, en la boleta de deuda debe discriminarse la comisión administrativa de cobranza. Teniendo en cuenta que en tal título se encuentra determinada, la suma allí prevista debe adicionarse al crédito reclamado.; Por ello y lo dispuesto por los Artículos 232; 250; 254; 36 y concordantes del Código Procesal Civil Comercial y Tributario de Mendoza,

RESUELVO:

1º) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta que la parte demandada ADOUE SILVINA RUTH haga íntegro pago a la parte actora la suma de PESOS Dos mil trescientos veinte con setenta y cuatro/100 ($2320,74), con más la suma de PESOS Mil quinientos ($1500), que se presupuesta provisoriamente para responder a intereses, costas y aportes de la ley 5059, montos sujetos a liquidación definitiva.

2º) Hágase saber a la parte demandada que dentro del plazo de CINCO (05) DÍAS podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en la presente resolución, adhiriendo a alguno de los planes de pago vigentes en el organismo ejecutante, o bien depositando en una cuenta judicial del Banco de la Nación Argentina Sucursal Tribunales y a nombre de estos autos el capital de condena más la suma estimada para intereses y costas, debiendo en ambos casos acreditarlos debidamente en el expediente; o en su defecto, oponerse a la ejecución deduciendo las excepciones previstas en el Art. 250 VI del CPCCyTMza., bajo apercibimiento de pasarse directamente a la etapa de cumplimiento forzado de la sentencia y de notificarle las providencias sucesivas en los estrados del tribunal en caso de no haber constituido domicilio (conf. Arts. 21 y 66 del CPCCyTMza.).

3º) Conforme lo solicitado, y lo dispuesto por el Art. 250 del CPCCyTMza., téngase a PIRA LUCIA BEATRIZ, como Oficial de Justicia y Receptor Ad-Hoc en los presentes autos, atento la aceptación de cargo realizada en el Registro de Oficiales de Justicia y Receptores Ad-Hoc del Tribunal (Res. Int. N° 7/16 - expediente CUIJ 13-03972938-9).

4º) Imponer provisoriamente las costas a la parte ejecutada (Art. 36 del CPCCyTMza.).

5º) Regular provisoriamente los honorarios de LLOPART ANALIA BELEN, en su carácter de Recaudador Fiscal en la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHO CON OCHENTA Y SIETE/100 ($208,87), sin perjuicio de los complementarios que pudieran corresponder (Art. 7, 20 y 3l de la Ley 3641 modificado por Decreto Ley 1.304/75).

6°) Regular provisoriamente los honorarios de PIRA LUCIA BEATRIZ en su carácter de Oficial de Justicia y Receptor Ad-Hoc en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS CON CUARENTA Y UN/100 ($46,41) (Art. 2 Dec. Ley 4850/83)

7°) La presente Resolución, incluidos las costas y los honorarios regulados se convertirán automáticamente en definitivos en caso de no oponer excepciones (Art 235 CPCCyTMza.).

8°) NOTIFÍQUESE en el domicilio fiscal o especial de la parte ejecutada; en razón de tratarse de expediente digital accesible en http://sic.jus.mendoza.gov.ar:8180/iurix-online/public/ficha.xhtml?paramId=13-04497430-9, hágase saber al ejecutado que el traslado de la demanda se encuentra disponible en formato digital de conformidad a lo autorizado por Acordada N° 26.797 y Art. 53 CPCCyTMza., pudiendo acceder al traslado en:

http://www2.jus.mendoza.gov.ar/tributario/buscar.php?carpeta=Actuaciones&archivo=GUA112078117.pdf

FIRMADO : DRA. MARIA GABRIELA ABALOS -JUEZ-



Ante cualquier duda comunicarse con: INFORMES – MESA DE ENTRADAS -

Tel. 0261 449-7663


Consulte el expediente en el siguiente enlace donde podrá conocer la deuda que se le reclama:

Expediente Digital en www.jus.mendoza.gov.ar / IurixOnline con su Número de Cuij; o en el siguiente enlace:


http://www.jus.mendoza.gov.ar/iurix-online/public/ficha.xhtml?paramId=13-04497430-9


Consulte el el contenido de la deuda que se le reclama en el siguiente enlace:


http://www2.jus.mendoza.gov.ar/tributario/buscar.php?carpeta=Actuaciones&archivo=GUA112078117.pdf