CUARTA CAMARA DEL TRABAJO - PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA
PODER JUDICIAL MENDOZA
foja: 85
CUIJ: 13-04242985-0((010404-158150))
MIRANDA RICARDO OCTAVIO C/ PROVINCIA ART SA P/ ACCIDENTE
*104313109*
Mendoza, 16 de Octubre de 2018.
Téngase presente la aceptación de cargo del perito psicólogo.
A la oficina y disposición de las partes por el término de CINCO (05) DÍAS las operaciones periciales presentadas por el PERITO PSICÓLOGO Lic. Eduardo Cedro.
Se le hace saber a las partes en caso de observar la pericia, además del soporte papel, y a fin de correr traslado al perito, deberá presentarse copias de las observaciones a la pericia, en SOPORTE ELECTRÓNICO, mediante mail remitido a la Cuarta Cámara del Trabajo a la dirección camlab4-pri@jus.mendoza.gov.ar, en formato WORD. En el asunto del correo electrónico deberá informar NÚMERO de Expediente y CARÁTULA.
NOTIFÍQUESE
A lo demás, téngase presente para el momento procesal oportuno
DVMA
CUARTA CAMARA DEL TRABAJO
PRIMERA CIRCUNSCRIPCION de MENDOZA
RESPONDE PERICIA
EXTE nº 158150,
CARATULADO " MIRANDA RICARDO OCTAVIO C/ PROVINCIA ART SA P/ ACCIDENTE"
DATOS DEL ACTOR
Miranda Ibáñez, Ricardo Octavio
DNI 13441956
Nacimiento 14 de agosto 1957 Catamarqueño, en la capital donde vivió hasta los 16 años (edad en el momento de los hechos 58 años)
Domicilio actual Barrio Centro Empleado Comercio III Manzana 1 casa 5, Guaymallen Mza.
Celular 0261 156404306
Fijo 4513369
Vive con su esposa Alicia Cuevas de 60 años. Ama de casa
Profesión militar retirada. Sargento Ayudante , ultimo destino en Comando "8 va " Brigada de Montaña en Mza Ingreso en marzo de 1974 y se retiro en diciembre 2010 (casi 50 .años de servicio efectivo )
Familiares viven hermanos (“-éramos 5 cada vez que voy los veo ")
Lo atiende el abogado Luis Felipe Serer Celular 2615500285
Del Estudio jurídico "Serer: 4244956 / 4242943 "domicilio legal Seru 365 Ciudad secretaria Noelia Hamame
Mendoza envió de puntos periciales: mar., 26 junio y. miércoles., 27 junio
Según lo PREVISTO EN CCP se efectuó Cobro de GASTOS 250 $ POR PROTOCOLOS.
Primer entrevista El turno el 28/6/18
Se presenta en tiempo y forma con trato afable y de buen humor aunque deja trascender un estado de ansiedad controlada y con ciertas actitudes de desconfianza, que presento durante todo el proceso de la peritaje,
Familia; 9 hijos con una niña fallecida,
Datos de los 8 hijos: Ricardo 22 años trabaja esta en pareja; Laura, 29 años estudia letras no tiene pareja, Marcos, de 31 años trabaja no tiene pareja con una hija de tres año vive con la madre
Ramona 32 años casada trabaja con 2 hijos de 8 y 5 años Ricardo 33 años oficial de policía en pareja con una nena de dos años Maria 34 años ; Ricardo Antonio de 37años vive en Córdoba casado con tres hijo ; Liliana 38 años es ama de casa casada 2 hijos de 19 y 17 años año y otra hija de 40 años ama de casada con hijos dos hijos de 18 y 16 años
Lugares de traslado por servicios; estudio en Bs. As. Después en Córdoba, Tucumán, otra vez en Córdoba, Jun los Andes; Catamarca; Rió Gallego y por ultimo en Mza. Donde se efectiviza el retiro final. (¿?) La familia lo seguía.
Enfermedades. Infarto del corazón, tres estén, diabetes y dos
5 hernias discales de columna Dramatismo, en pie izquierdo con fisura de peroné con un clavo y plaqueta en 2, 1,3
Usa anteojos para leer. Comenta que "esta se le acorto veo muy borroneado a lo lejos."
Audición del derecho "oído con dificultad “, escucha poco,"·_ tengo que estar mirando bien a la persona para conversar y si hay ruido no alcanzo a escuchar bien" -
Ante la pregunta de si conoce la deferencia entre la competencia de un psicólogo con las de un psiquiatra responde " el psicólogo ayudante del psiquiatra”. ( se le explica la diferencia de que uno es medico y el otro no , diferencia que hace que el psiquiatra medica ,y el psicólogo estudia conductas : comportamientos ,actitudes ,estados emocionales , condiciones socio afectivas y las relaciones con el medio según la PERSONALIDAD del individuo en su manera de sentir , pensar y hacer ) SE LE HACE SABER LAS CONDICIONES DE LA TAREA QUE SE REALIZARA EN LA PROXIMA ENTREVISTA SE LE DA HORARIO Y FECHA, AL RETIRARSE DEJA DE ENTREVER CIERTA DISCONFORMIDAD POR LO QUE DEBE REGRESAR UNA VEZ MAS. SIN MAS SE LE DA EL TURNO.
SEGUNDA ENTREVISTA
LLEGA EN TIEMPO Y FORMA MAS CALMADO, POR LO QUE SE LE NOTA ANCIOSO Y CON MUCHA CURIOSIDAD.
ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS HECHOS
ANTES DEL HECHO DE MARRAS TUVO UN INFARTO EN LA EMPRESA ESTABA DE TURNO, "...UN COMPAÑERO TAMBIEN MILITAR ME LLEVO, Y OTRO ACOMPAÑO (¿?) POR LOS SINTOMAS ME DI CUENTA EN LA SALITA DE FRAY LUIS BELTRAN Y LE DIJE AL QUE ME LLEVABA QUE CREERIA QUE ES UN POCO URGENTE , CUANDO ME VEA AL MEDICO LLEVAME HOSPITAL VOS NO DIGAS NADA , POR LAS DUDAS ME PASE ALGO LE DECIS , A LOS MEDICOS AL LLEGAR AL HOSPITAL MILITAR AHI ME HACEN UN ELECTRO , Y PORQUE NO TIENEN INSTRUMENTAL ES QUE LLAMAN AL HOSPITAL ITALIANO LE CONTESTAN QUE NO TENIAN CAMA POR LO QUE EL MEDICO LE SUGIERE QUE ME ATIENDAN IGUAL PARA LOS ESTUDIOS Y DEPUES ME TREIGAN DE NUEVO AL MILITAR . Y ASI FUE
ME DIJERON TENES INFARTO POR LAS ARTERIAS TAPADAS, ME DECIAN SI QUERIA VER. NO LE DIGO YO NO ENTIENDO LO QUE SALE EN LA PANTALLA ADEMAS SIN ANTEJOS QUE HIBA A VER ME OPERO EN EL ITALIANO " ESTUVE COMO CUATRO DIAS. Y ME DIERON SALA DE TERAPIA INTERMEDIA.
ANTES DE ESTO SE FRACTURO EN SAN JUAN EN EL AL AERO club (¿?)SOY INTRUCTOR PARACAIDISTA, ALLI ME FRACTURE Y ME TORCI Y FUI AL MEDICO Y LA PLACA MUESTRA QUE TENIA FISURA Y EN HOSPITAL MILITAR ME PUSIERON TORNILLOS Y PLACA.
HECHOS DE MARRA
"-Una noche eran como las 22 hs. oscuro en la empresa Maipú trabajo de Supervisor de chóferes , no es que maneje micros allí entre después de jubilado en junio 2012 . Con horario rotativo. lo consigue porque necesitaban ocuparme en algo y salio un aviso y un compañero del ejercito me había comentado en principio me tomaron a prueba , me enseñaron como qué y a quienes se controla y otro después me toma la prueba como si estuviera solo , Cuando me paso el problema llevaba 5 años de trabajo Venia del control arriba de un colectivo en el primer asiento detrás del chofer que tiene un peldaño bajo y con anteojos puesto ,anotando novedades , unos muchachotes pararon al colectivo en calle Elpidio González , paralela al Ponce , le preguntan si puede llevarlos (sin pagar ) a lo que no acepta el chofer, y le insisten ,y el le explica que no pueden ,y entonces se subió al micro el muchacho y sin mas se abalanzo y se me tiro encima no me dejaba levantar me empezó a pegar en la cara .y la cabeza hasta que me lo pude sacar pero me había pegado en el ojo la nariz el oído ,y en la boca como será que me aflojo dos dientes que los perdí ,después me fui adelante del coche me baje y volví al control y pedí la ART para que me vieran cuando llegue a la clínica en Godoy Cruz a "mano" estuve 48 hs no me acuerdo MUCHO , porque me dolían mucho los golpes
DURO HASTA EL ALTA COMO DOS MESES, (FOJAS 22) LA ART NO ME DABA LOS TURNOS Y ME CAMBIARON BARIAS VECES LOS DIAS NO ME DABAN HORARIO FIJO MUCHOS CONTRATIEMPOS Y HAY COSA QUE ME LAS HICE POR MI CUENTA (¿?) AUDIOMETRIA OFTALMOLOGIA, LOS PRIMEROS MESES DE LA ODONTOLOGIA TENIA LOS DIENTES SUELTOS NO PODIA NI COMER ME DABAN TURNO PARA EL OTRO MESY YO NO PUEDO NI HABLAR NO AGUANTABA MAS FUI YO SOLO AL DENTISTA (FOJAS 21) ME CURO UNA PIEZA SE ME INFECTABA, ANTIBIOTICO CARISIMOS UNA PASTILLA GRANDE,
(¿?)IBA SOLO. ENSIMA ME DICEN QUE OIGO MENOS DE UN OIDO, (FOJAS 25)
EN LA EMPRESA DESPUES LA ACCION JUDICIAL YO TUVE QUE COMPRAR MUCHAS COSAS MUY MALA LA ATENCION DE LA ART ME TUVO MUCHO SIN TRABAJAR ME LLAMARON DE LA EMPRESA Y BUENO PUEDO DECIR QUE ME LAS ARREGLE PARA SEGUIR TRABAJANDO ,PERO AL MISMO TIEMPO COMENZARON UNA SERIE DE OBRAR MALICIOSAMENTE ," POR ESTO ES QUE DEJO LA EMPRESA Y CONSULTO A UN PSIQUIATRA Y CON PARTE DE ENFERMO LOGRO QUE ME DEN TREINTA DIAS "PERO ANTES ME LLAMAN , Y DIJE QUE NO ME GUSTA COMO ME TRATAN Y ME DICEN :DIGANOS COMO ARREGLAMOS , Y YO LE CONTESTE LUISITO NO HAY NADA QUE ARREGLAR , Y CUANDO ME DIO EL ALTA EL PSIQUIATRA RENUNCIE DESPUES ME OFRECIERON VOLVER . PERO ME SIENTO MAL EN LOS COLECTIVOS , COMO CON TEMOR , ESTOY A QUE ME AGREDAN Y AHI YA SE ME FUE LAS ILUSIONES Y COMO TUVE QUE HACERME EL MAXILIAR CON UN ODONTOLOGO DE CATAMARCA ,DIJE QUE NO .AHORA TRABAJO EN MENDOZA AUNQUE ESTOY CASI PARADO AVECES AYUDANDOLE A UN COMAPAÑERO EN LUJAN VOY Y EL RECORRE PUESTOS DE SEGURIDAD NOS PAGAN LAS HORAS QUE TRABAJAMOS ,NO ES GRAN COSA PERO ANTES DE ESTAR DE VICIO ES PREFERIBE LO QUE PASA QUE SOY TAN ACTIVO , " Su relato es continuo sin respiro (ansiedad contenida )
A continuación se le prepara el material para las pruebas,
Pruebas del psicodiagnostico
ENTREVISTA VITAL Y CLINICA
DE INTELIGENCIA WECHSLER
CONSTRUCCION CON CUBOS
LABERINTOS y CLAVES A Y B
Completamiento de figuras. (16 puntos)
Bender
Persona BAJO LA LLUVIA
Rorcharch (dos laminas VI y V)
PUNTOS PERICIALES
a) Dolencia que padece al actor con referencia al accidente y las secuelas que padece.
RESPUESTA :, la psicología no se ocupa específicamente de aspectos físicos por lo que el tema de "dolor " es de incumbencia medica " y solo lo que relata el actor es lo que se puede considerar SIN EMBARGO SE HACE LUGAR A LO QUE SE MANIFIESTA EN AUTO DE LOS CERTIFICADOS MEDICOS Y LA CONFIRMACION DE SUS DIAGNOSTICOS .
b) grado o porcentaje de incapacidad que padece, debiendo el perito especificar la tabla o baremo empleada para su merituaciòn
RESPUESTA El estado actual se encuadra en una "RVA " (reacción vivencial anormal) con manifestaciones " maniaco depresivas " inestabiliza emocional según la tabla de evaluación de las incapacidades laborales se Santiago Rubenstein (ley 24 .557)
EVALUACION PSICODIAGNOSTICA
LOS HECHOS SE PRODUJERON EN UN SUJETO PARTICULAR, EN EL CUAL SE DAN FACTORES QUE ATÙAN AGRAVANDO SU ESTADO EMOCIONAL E INTERFIRIENDO EN SU AJUSTE ; LA EDAD ,AL MOMENTO DEL ACCIDENTE ( 58 años ),SUS PROYECCIONES A FUTURO Y LAS CONCECUENCIAS PSICOFÌSICAS que lo dejaron ,como único CAMINO a merced de un detrimento psicoafectivo y por ende , en un buen tiempo en lo laboral ( constan en los informes médicos del Expte ) como UNA " INCAPACIDAD FISICA PERMANENTE , Y PARCIAL DEL 32%"
PONDERACION DE LA INCAPACIDAD
Es en función de lo expuesto que se infiere en el actor presenta un PORCENTAJE DE INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE DE L 23% ( veintitrés por ciento ) en función de la "RVAN " CON MANIFESTACIONES de cierto grado de depresión , DEVENIDA CON MOTIVO (concausal ) del accidente de marras .Y SU CONCECUENCIA FISICA ( De acuerdo la edad, y el coeficiente QUE EXPLICA la incapacidad física parcial y permanente 32 % (por .constancia en autos fractura del suelo orbital, perdida .infectadas mas tarde . De piezas dentarias según -Dra. Rozzi -nariz lesionada y trastorno auditivo. Que aun hoy dice el actor, persiste. Según DRA VALENTINA DE DIEGO)
c) Si la patología del actor han sido ocasionadas por situación provocada por el accidente
RESPUESTA:
Se impone el señalar que la condición del " trastorno psicológico " que presenta El actor (en las pruebas y en la entrevista clínica), se desencadena a raíz del SUCESO del mundo exterior, que encadenado con la particularidad de su modo y aspecto biopsicosocial que la misma vivencia en su habitualidad, lo que no se hubiera presentado sin los hechos traumáticos y las concecuencias del mismo
d) Medidas terapéuticas y/o medidas de rehabilitación que se podrían prescribir al actor para el mejoramiento de tales dolencias ; tiempo probable durante el cual debería seguir dicho tratamiento y costo mensual del mismo .En caso de no poder informar el costo, deberá indicar el profesional el centro asistencial ,instituto y/o clínica donde se podría efectuar el tratamiento indicado
RESPUESTA : El tipo , tiempo ,condición y disposición de un tratamiento es indicado como de especialidad "PSICOGERONTOLOGIA " que se impone por su edad y por los aspectos de cierto DETERIORO SENIL que se observan en los test específicamente , tomados para averiguar tales aspectos , es decir que solo el modo , tiempo y manera de asistencia determinaría el costo y demás aspectos de encuadre psicoterapéutico , sin embargo el COLEGIO DE PSICOLOGOS tiene un valor INOS COSEGURO de 300 $ pesos (TRECIENTOS ) y en general lo que se estipula para estos casos se recomienda no menos de seis meses con asistencia semanal ( la cuenta total de gasto corre por cuenta del susodicho ) en cuanto a recomendar " indicar el profesional el centro asistencial ,instituto y/o clínica ", debe decirse que no es parte de este informe tales anuncios, ni recomendaciones .
e) Todo otro dato de interés para la resolución de la presente causa en cuanto sea conducente a la averiguación real de las lesiones que padece el actor y que se han originado por la causa de desarraigo.-
RESPUESTA
El desajuste emocional con cambios de humor y ciertas oscilaciones en sus estados de animo , a veces intolerables , de cierta condición de irritación abrupta , con sentimientos de vulnerabilidad , inseguridad , desconfianza y temores , que lo dejan a consecuencia de ciertos estados de pesimismo dan lugar a considerar condiciones de DEPRESION ( un tanto solapada ) por su modo de resistirse a contactar AFECTIVAMENTE con los sentimientos de angustia y ansiedad - estrés mediante .( seria mecanismo defensivo de "CONTROL , DESPRECIO Y TRIUNFO " ) )
Presenta algunos indicadores de tensión nerviosa, (ansiedad y angustia, según sea el tema y situación que deba enfrentar por si solo). Hay síntomas de cierta tendencia a estar alerta (tipico posiblemente resabio de su profesión militar). La situación emocional, le produce tal malestar que, sin que se le haya obligado a restringir las actividades que realizaba anteriormente sabe que su infortunio es algo imprevisible en el futuro mediato (la edad y su aspecto biopsicosocial lo imponen). Al momento de evaluar los " menguados " recursos intrapsiquicos con que cuenta por desgaste de su naturaleza de edad avanzada, resultan suficientes pero precarios a la luz de un trajín laboral o ineficientes para sobrellevar otros hechos de naturaleza sorpresiva, violenta e imprevista. (Test de BENDER y persona bajo la lluvia) ya que no se ha permitido, con el transcurrir del tiempo superar satisfactoriamente la situación traumática y con ella la sintomatologia de cierta condición DEPRESIVA INICIAL. En este sentido se observa un funcionamiento a veces lento, y por momentos desarmonico denotando cierto grado de dificultad socioafectiva y regresivo que le dificultan el goce de su condición afectiva con plenitud. (Persisten cierto desajuste biopsicosociales " sobre todo cuanto a lo referente al traslado y movilidad se refiere; constan en los informes médicos del Expte) PONDERACION DE LA INCAPACIDAD
Las INFERENCIAS DE LA CONCAUSA SEGUN LA LEY Y LA JURISPRUDENCIA , (que se replican en este INFORME PERITAL por pertinentes y aclaratorias ) "...Según Tribunales del Trabajo de la provincia y siguiendo la Corte de la Nación ...no es requisito indispensable que el trabajo sea el único causante de la dolencia , bastando con que las tareas realizadas por el trabajador hayan gravitado de algún modo para la aparición de la patología ...(y a fojas 39 ) ... En las enfermedades -accidente , la condición para que se configuren es que el hecho o la ocasión del trabajo actúen como concausas con otra por lo común preexistente, las civilidad congénita o adquirida . Ambas y no solo una, al operar conjuntamente, producen el efecto dañoso (LS 073 Fs. 000)”. Seguidamente se comenta "... Autos 57329 Navarrete...vale decir la prueba del nexo causal entre enfermedad y el accidente debe ser demostrado por el obrero enfermo en ese sentido procede la indemnización jun cuando el trabajo no sea el causado exclusivo de la dolencia, a condición de acreditar que dicho trabajo ha actuado como elemento causal o eclosionante de la enfermedad " (como demuestra el estudio, es el caso que remitimos del actor Bustos Juan Ramón) En renglón seguido autos Nº 50.923 "MUÑOZ..." La teoría concilia ese requisito sine qua non con el amparo a las enfermedades que no tiene por causa el trabajo, pero en las que él ha intervenido de alguna manera .Luego asimila las concecuencias de ambas situaciones. Esta teoría elimina la exigencia de la vinculación directa (en cuanto a su origen) de la dolencia con las tareas , y amplia el ámbito de responsabilidad , debiendo probar el trabajador de que su ocupación ha actuado como circunstancia concurrente , desencadenando , favoreciendo o agravando la enfermedad (LS 233Fs. 297) "y las características de una "interpretación amplia de la indiferencia de la concausa" "...indagar en la ejecución concreta de debito laboral para comprobar la extendía del nexo funcional en el que se sitúa a partir de una red de causalidad u ocasionalidad suficiente perceptibles como para calificarlos como accidente de trabajo o enfermedad profesional. En esta tarea se debe emplear una interpretación amplia para darle el mayor alcance de cobertura de situaciones posibles y soslayar soluciones que consagren la perdida del derecho y que lleven inexorablemente a que los daños sufridos sean asumidos por la victima " (LS 387-fs. 112)”
PORCENTAJE DE INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE DE L 23% ( veintitrés por ciento ) En función de lo expuesto , se sugiere la realización de tratamiento "psicoterapéutico "de cualquier modalidad "localizado" en aproximadamente durante un TIEMPO SUFICIENTE
Por todo lo expuesto en el informe se da por respondido los puntos periciales que se solicitaron
RESPUESTA A FOJAS 46 vuelta Mercedes Lafalla en representación de PROVINCIA ART. S.A. demandada solicita .a) PSICOLOGICA/PSIQUIATRICA
1) Formular un diagnostico de certeza del trastorno, según los criterios DSM IV
RESPUESTA : En primer lugar y como reacción a la situación del infortunio el actor desarrolla tal como se denomina en el DSM IV Un trastorno de "ESTRÈS POSTRAUMÀTICO “: La vivencia del hecho caracterizado por implicar una amenaza para su integridad física
2)Deslindar y descartar , del supuesto trastorno toda otra causa generadora del mismo que sea ajena a los hechos denunciados , como por ejemplo ,estructura de personalidad predisponente , conflictos familiares , factores socio-económicos , etc.
RESPUESTA,
"estructura de personalidad predisponente " Una personalidad de indole "NEUROTICA "CON RASGOS de OBSESIVIDAD Y algunos aspectos de orden Paranoide. Que se agravaron por la situación desesperante de impotencia ante el ataque imprevisto y de orden invalidante, como cuenta en los hechos de marras
No es factible dar lugar a " Deslindar y descartar " aspectos solicitado por cuanto una persona es una unidad con su entorno y su característica biopsicosocial, lo que si es de hacer notar que el actor no presenta, según sus dichos ", conflictos familiares, factores socio-económicos, etc. "
3) Establecer fundamentadamente la eventual relación de causalidad con los hechos denunciados
RESPUESTA : "Las INFERENCIAS DE LA CONCAUSA SEGUN LA LEY Y LA JURISPRUDENCIA , (que se replican en este INFORME PERITAL por pertinentes y aclaratorias ) "...Según Tribunales del Trabajo de la provincia y siguiendo la Corte de la Nación ...no es requisito indispensable que el trabajo sea el único causante de la dolencia , bastando con que las tareas realizadas por el trabajador hayan gravitado de algún modo para la aparición de la patología ... En las enfermedades -accidente , la condición para que se configuren es que el hecho o la ocasión del trabajo actúen como concausas con otra por lo común preexistente, las civilidad congénita o adquirida . Ambas y no solo una, al operar conjuntamente, producen el efecto dañoso”. Seguidamente se comenta "... (Autos 57329 Navarrete.) "...vale decir la prueba del nexo causal entre enfermedad y el accidente debe ser demostrado por el obrero enfermo en ese sentido procede la indemnización jun cuando el trabajo no sea el causado exclusivo de la dolencia, a condición de acreditar que dicho suceso ha actuado como elemento causal o eclosionante de la enfermedad " (como demuestra el estudio, es el caso que remitimos del actor En renglón seguido autos Nº 50.923 "MUÑOZ..." La teoría concilia ese requisito "sine qua non " con el amparo a las enfermedades que no tiene por causa el trabajo, pero en las que él ha intervenido de alguna manera .Luego asimila las concecuencias de ambas situaciones. Esta teoría elimina la exigencia de la vinculación directa (en cuanto a su origen) de la dolencia con las tareas , y amplia el ámbito de responsabilidad , debiendo probar el trabajador de que su ocupación ha actuado como circunstancia concurrente , desencadenando , favoreciendo o agravando (como en el caso que nos ocupa ) la enfermedad (LS 233Fs. 297) "y las características de una "interpretación amplia de la indiferencia de la concausa"...indagar en la ejecución concreta de debito laboral para comprobar la existencia del nexo funcional en el que se sitúa a partir de una red de causalidad u ocasionalidad suficiente perceptibles como para calificarlos como accidente de trabajo o enfermedad profesional. En esta tarea se debe emplear una interpretación amplia para darle el mayor alcance de cobertura de situaciones posibles y soslayar soluciones que consagren la perdida del derecho y que lleven inexorablemente a que los daños sufridos sean asumidos por la victima " (LS 387-fs. 112 ) CON RESPECTO AL DAÑO "PSICOLOGICO " Por lo expuesto Y por la parte que solicito la intervención de un “perito psicólogo “es que se determina qué cosa se entiende por tal "...EN ÀMBITO CIENTÌFICA ESPECIALIZADO SE CONSIDERA AL DAÑO PSICOLOGICO COMO UN DETERIORO FUNCIONAL DE FUENTE PSICOGÈNICA O PSICORGANICA (por caso la afectación física de la actora ) ,QUE AFECTA A LAS ESFERAS INTELECTIVAS , VOLITIVAS Y AFECTIVAS DEL SUJETO LIMITANDO SU CAPACIDAD DE GOCE VITAL EN TODAS SUS MANIFESTACIONES EXTERNAS ,COMO REPERCUSIÒN EN LO ANÌMICO DEL AGENTE TRAUMÀTICO ...SUFRIENDO UNA PERTURBACIÒN PATOLÒGICA DE SU PERSONALIDAD QUE ALTERA EL EQUILIBRIO BÀSICO O (LO) AGRAVA ( según expuesto sobre las conductas del actor ) "
4) Expresar si desde el punto de vista psicológico, el desorden diagnostico es de carácter transitorio o permanente, o puede registrarse mejoría o remisión del mismo con el adecuado tratamiento psicológico /psiquiátrico
RESPUESTA. NO ES FACTIBLE CONSIDERAR LA MEZCLA DE LO PSICOLÒGICO CON LO PSIQUIATRICO CMO LO INDICA LA ABOGADA , ESTE PERITAJE ES "psicológico " Y COMO TAL SE DEBE ENTENDER QUE LOS ASPECTOS DAÑOSOS SON EN FUNCION DEL TIEMPO , LA EDAD , LA SITUACIÒN Y SOBRE TODO DEL ENTORNO VIVENCIAL YA QUE ES UNA FALACIA PROPONER ESAS RESPUESTAS EN UN HOMBRE DE CASI 60 AÑOS CON SERIAS LESIONES PSICOFISICAS . " QUE SEGÙN INTENSIDAD Y AFECTACIÒN VITAL CONSTITUYE UN "DAÑO PSICÒLOGICO " INVALIDANTE...PERMANENTE E IRREVERSIBLE causada en dicho orden vital del damnificado por la afectación de su normalidad psicológica advertida en examen pericia
5) Si considera se trata de la figura de " daño psíquico" se deberá fundamentar la configuración del mismo”
RESPUESTA: "considerados para establecer la magnitud del AGRAVIO MORAL sufrido (dolores, temores, padecimientos, sufrimientos, disfunciones (como la que le quedo al actor según fojas 21 ,22 y 23.) de su desafortunada intervención quirùrgica dental con la consecuente situación de generarle angustias, aflicciones ,con la obvia relación psicológica de " perdidas de autoestima " ...como circunstancias generadora de incapacidad sobreviniente con RESULTADO INVALIDANTE PERMANENTE E IRREVERSIBLE -cuando su magnitud es tal que influye entre las CIRCUNSTANCIAS PONDERABLES "
Para determinar -desde el punto de vista psicológico la capacidad de una persona. El trauma psicológico importa la existencia de secuelas que MODIFICAN en forma incontrastable la PERSONALIDAD del entrevistado y sus funcionamiento en los ámbitos de su vida de relación, como la familia, el trabajo y las amistades. Porque el DAÑO PSÌQUICO importa un detrimento a la integridad corporal, la que no puede escindirse .el agravio aparece como una modificación disvaliosa deL espíritu y de los sentimientos .encuadrado dentro de la orbita del DAÑO MORAL cuyas exigencias doctrinales (se) cumplen acabadamente. Como toda esta cuestión surge de la prueba pertinente, la PERICIA PSICOLOGICA será el medio adecuado para determinar- mediante EL PSICODIAGNÒSTICO - el DETRIMENTO PSICOLÒGICO sufrido, su efecto invalidantes y su relación... (Gustavo Raúl Milij " daños resarcibles "ediciones jurídicas cuyo )
6) Se deberá precisar la eventual afectaci9òn que pueda producir el trastorno que se diagnostique en las distintas áreas de la vida social, cultural, familiar, domestica y laboral del actor
RESPUESTA : TODAS ESAS CONSIDERCIONES HAN SIDO AMPLIAMENTE EXPUESTAS, EXPLICITADAS Y SOBRENTENDIDAS , EN TODO EL DESARROLLO DEL INFORME , ES REDUNDAR EL REPETIRLAS SIN EMBARGO RESPONDIENDO a la “IRREVERSIBILIDAD – consolidación- La incapacidad que se determina debe ser irreversible o, al menos, estar jurídicamente consolidada (un daño dentro del ámbito laboral) “a habidas cuentas hace mucho mas de un año que el actor manifiesta los síntomas de condiciones deficientes y DAÑOSAS por caso se repite que :al actor ,después del accidente de marras ,se lo desvincula de las tareas especificas de control en y se lo instala en funciones diferentes (con trato poco humanitario ) y las características de una "interpretación amplia de la indiferencia de la concausa fue indagar en la ejecución concreta de débito laboral para comprobar la existencia del nexo funcional en el que se sita a partir de una red de causalidad u ocasionalidad suficiente perceptibles como para calificarlos como accidente de trabajo"
Repetir es importante que : SE CONSIDERA AL DAÑO PSICOLOGICO "COMO UN DETERIORO FUNCIONAL DE FUENTE PSICOGÈNICA O PSICORGANICA ,QUE AFECTA A LAS ESFERAS INTELECTIVAS , VOLITIVAS Y AFECTIVAS DEL SUJETO (por ende afectando "áreas de la vida social, cultural , familiar , domestica y laboral del actor " (área externa ; lo social , corporal lo físico y mental con lo psicológico incluido -BLEGER "ÀREAS DE LA CONDUCTA " )
Todo hace LIMITANDO SU CAPACIDAD DE GOCE VITAL EN TODAS SUS MANIFESTACIONES EXTERNAS, COMO REPERCUSIÒN EN LO ANÌMICO DEL AGENTE TRAUMÀTICO.
Sin mas se dejar en claro que "los aspectos evaluativos de este informe esta sujetos a la decisión del PERITO PSICOLOGO y de la ponderación consecuente." Por todo lo expuesto en el informe se da por respondido los puntos periciales que se solicitaron. Sin mas se dejar en claro que los aspectos evaluativos de este informe esta sujetos a la decisión del PERITO PSICOLOGO y de la ponderación consecuente. Cumple en informar a VE. “DEL EXAMEN PSICOLOGICO “efectuando en tiempo y forma , La tarea del peritaje “psicológico : es la evaluación para determinación de porcentajes de incapacidad parcial o total y permanente Se reitera la actitud del perito para actuar con libertad (ley 5045 /85 de “desempeño profesional en Mendoza” Art., 1 “actividad libre y autónoma, 8 inciso “C” ,esfera de acción , y 5 psicología jurídica inciso 3 “peritaje” y Art. 9 (áreas) y 10 (certificaciones ) Para las consideraciones al momento de evaluar, inferir y ponderar al determinar el porcentaje en base a criterio “científico y probatorio “ teniendo en cuenta “También la obligación” de responder las necesidades de las partes intervinientes , esclareciendo ,al explicar sobre las cuestiones planteadas por la o las partes" para determinación (en caso que la hubiera) " PORCENTAJE DE INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE DE L 23% ( veintitrés por ciento "
SERA JUSTICIA