Reglamento para reintegros por inscripciones a cursos, jornadas y congresos al que deberá ajustarse la Asociación de Magistrados de la provincia de Mendoza

De conformidad con lo establecido por el art. 2do. de los Estatutos Sociales de la Asociación de Magistrados de la provincia de Mendoza, que establece entre sus objetivos, prestar apoyo material y moral a sus asociados y teniéndose en cuenta que uno de los principales fines de la Asociación es propender al perfeccionamiento de sus socios, se hace necesario reglamentar los reintegros que se otorgarán a todos aquellos magistrados que realicen cursos de perfeccionamiento, ó que concurran a Congresos, Jornadas ó cualquier evento científico de importancia, ya sea dentro del país ó en el exterior.

Asimismo, para el pago de cursos de postgrado que se realicen en Mendoza ó en el resto del país.

Los reintegros se regirán por las siguientes reglas:

I)- Reintegro por inscripciones a Cursos y Congresos:

a)     Se fija un monto anual de $200 (doscientos pesos) por magistrado para cubrir el costo de inscripción a Jornadas y Congresos que se realicen en Mendoza o en el resto del país.

b)    Se fija un monto anual de $300 (pesos trescientos) por magistrado para cubrir gastos de viático correspondiente a transporte y alojamiento para aquellos magistrados que concurran a Jornadas o Congresos en el resto del país, siempre y cuando sean expositores invitados o presenten ponencias. Este monto se podrá elevar hasta $500 (quinientos pesos) por magistrado para cubrir gastos de viático correspondiente a transporte o alojamiento para aquellos magistrados queconcurran a Jornadas ó Congresos en el exterior, siempre y cuando sean expositores invitados ó lleven ponencias.

II)- La suma anual fijada podrá ser otorgada en una sola vez ó en varias hasta agotar el monto fijado.

III)- Son requisitos para el otorgamiento del reintegro: la presentación del                                          .             recibo de pago de inscripción, fotocopia del certificado ó diploma. .             En los casos en que se lleve ponencias se deberá presentar con .  . . . .           anterioridad copia del trabajo.

Asimismo se deberán presentar comprobantes de pago de los gastos de hotelería y pasaje.

IV)- Reintegro por inscripción en cursos de Postgrado (Doctorado, Licenciaturas ó cualquier otro curso de especialización)

a)- Como principio general la Asociación pagará un tercio del valor total de los cursos que se realicen, hasta un máximo de $500 (quinientos pesos) por año.

b)- Para el caso de que la Asociación de Magistrados realice convenios con Universidades de Mendoza, el reintegro se ajustará a lo que se establezca en el convenio, con un máximo de $500 (pesos quinientos) anuales.

V)- Todos aquellos casos de reintegro por cualquier causa que no se encuentre contemplado en el presente reglamento deberá ser sometido para su aprobación a la Comisión Directiva.

Con fecha 5 de Noviembre de 1.999 se introduce una reforma al reglamento según consta en Acta

“QUEDAN FACULTADOS PRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO EN CONJUNTO A ANALIZAR SITUACIONES ESPECIALES QUE MEREZCAN SER EXCEPCIÓN”