ACORDADA Nš 15.879

Mendoza, 10 de agosto de 1999.-

Que el Subsecretario de Justicia Dr. Alejandro Fabián Poquet, remite a esta Corte las actuaciones n° 10.819-P-99-00105, con la finalidad de recabar opinión respecto a la legalidad, factibilidad y conveniencia del proyecto de decreto que adjunta.

Tal como surge de los fundamentos del proyecto en análisis, esta Corte, a través del Departamento de Cooperación Internacional y demás órganos jurisdiccionales, cuenta con la estructura necesaria y adecuada a los requerimientos para el efectivo cumplimiento de la Convención de la O.N.U. sobre Reconocimiento y Ejecución en el Extranjero de la Obligación de Prestar Alimentos de Nueva York 1956.

Que las funciones específicas para revestir la calidad de delegado, las detenta el Departamento de Cooperación Internacional, facultades otorgadas por Acordadas n° 15.498 Bis y 15.501, pudiendo actuar sea como autoridad remitente o como institución intermediaria.

Es por ello que esta Corte estima que la designación debe realizarse directamente al organismo mencionado, que es una dependencia directa de la Suprema Corte de Justicia, con facultades suficientes para el efectivo cumplimiento de la Convención de la O.N.U., sobre Reconocimiento y Ejecución en el Extranjero de la Obligación de Prestar Alimentos de Nueva York 1956.

Atento lo expuesto, esta Suprema Corte de Justicia de la Provincia,

RESUELVE:

Hágase saber al Ministerio de Justicia y Seguridad que se comparte el proyecto de decreto remitido, con la salvedad apuntada, debiéndose designar al Departamento de Cooperación Internacional, organismo dependiente de esta Suprema Corte de Justicia, como autoridad delegada en la Provincia de Mendoza para el cumplimiento de la Convención de la O.N.U. sobre Reconocimiento y Ejecución en el Extranjero de la Obligación de Prestar Alimentos, signada en Nueva York en 1956.