TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA-SEGUNDO
PODER JUDICIAL MENDOZA
foja: 98
CUIJ: 13-07440504-9((012052-280412))
LOMBARDO ILDA ALICIA C/ OSEP P/ ACCIÓN DE AMPARO
*106579657*
Mendoza, 25 de Abril de 2025.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
I.- Que mediante escrito cargo n.º 9708344/2025 se presenta la Dra. Patricia Cabrera, por su derecho y solicita se subsane el nombre de la profesional patrocinante en la regulación de honorarios de fs. 96.
II. Se advierte que efectivamente existe un error material involuntario, ya que se ha expresado “Paulina” en lugar de “Patricia”, por lo que debe subsanarse en tal sentido.
Atento lo expuesto y de conformidad con lo normado por el art. 132 del C.P.C.
RESUELVO:
I.- Hacer lugar a la aclaratoria peticionada. En consecuencia, rectificar el resolutivo N.º III de la sentencia dictada a fs. 96, quedando redactado de la siguiente: “III.- Regular los honorarios profesionales correspondientes a los Dres. PATRICIA CABRERA y MARIO LUQUEZ RIOS en la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS DOCE CON 34/100 ($750.212,34) en forma conjunta y con más I.V.A. en caso de corresponder.”
II. Dejar incólume el resto de la resolución.
NOTIFIQUESE.-
PF
Firmado: Dra. María Belén Gentile. Conjuez.
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