SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA PRIMERA

PODER JUDICIAL MENDOZA

Foja: 48

CUIJ: 13-04182604-9/1((010305-53280))

FEDERACION ARGENTINA DE ESPELEOLOGIA EN J°252667/53280 FEDERACION ARGENTINA DE ESPELEOLOGIA C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA P/ ACCIÓN DE AMPARO P/ REC.EXT.DE INCONSTIT-CASACIÓN

*104332158*


Mendoza, 14 de Febrero de 2018.

VISTO:

El llamado al acuerdo de fojas 47 para resolver sobre la admisión formal de los recursos de Inconstitucionalidad y Casación interpuestos a fojas 8/38, los que, en virtud de la entrada en vigencia del Código Procesal, Civil, Comercial y Tributario de Mendoza - Ley 9001- han quedado unificados bajo la denominación Recurso Extraordinario Provincial, y

CONSIDERANDO:

Que, en principio, se encuentran cumplidos los recaudos formales establecidos por los artículos 145, 146 y 147 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza, por lo que, conforme lo dispuesto por el artículo 148, se

R E S U E L V E :

I. Admitir, formalmente, el Recurso Extraordinario Provincial interpuesto a fojas 8/38 de autos. Córrase traslado por QUINCE (15) DÍAS a la parte contraria.

II. Al pedido de fs. 37 vta. de suspensión y cierre provisorio de los pozos petroleros en cuestión, atento el objeto de los presentes y los elementos obrantes en autos, por el momento no ha lugar.

III. Por Mesa de Entradas, procédase a su recaratulación y corrección en el sistema informático.-

Notifíquese.




DR. ALEJANDRO PEREZ HUALDE
Ministro




DR. JULIO RAMON GOMEZ
Ministro




DR. PEDRO JORGE LLORENTE
Ministro