BOLETÍN INFORMATIVO N° 2

Mayo 2004

EJES TEMATICOS ABORDADOS POR EL EQUIPO INTERDISCIPLINARIO DE ADOPCION

1)     Medidas tutelares derivadas del Juzgado de Familia.

2)     Aspirantes a adopción

3)     Trabajo interinstitucional

4)     Medidas preventivas

(1)  Uno de los ejes es el que procede de la derivación del Juzgado de Familia

              En éste, un  aspecto al que llamamos Medidas Tutelares  corresponde al abordaje de la situación de mujeres que en conflicto con su maternidad manifiestan la intención de entregar a su hijo -por nacer o ya nacido -en adopción. Consideramos que es adecuado hablar de mujeres en conflicto, porque este último término da idea de lucha y angustia, de tendencias opuestas que no se pueden armonizar, y ésta es la vivencia de la mayoría de las mujeres en esta situación.

Al conocer las historias de las mujeres en conflicto con su maternidad, se llega a la conclusión de que la mujer que da un niño en adopción se conduce con responsabilidad frente a una realidad que, por diversas razones, considera superior a sus posibilidades y recursos.

            Tomar esta decisión no es fácil ni sencillo, no sólo por las presiones sociales que se ejercen, sino también porque esta mujer no siempre está rodeada de un ámbito que le permita pensar y sentir, para luego poder decidir la conducta más adecuada para ella y el niño.

            No obstante las limitaciones y las dificultades, nuestro trabajo ofrece un espacio para que la decisión de dar un hijo en adopción pueda ser resultado de una reflexión y no de un impulso.

            En este contexto, los profesionales del E.I.A. nos acercamos a cada historia a partir del conocimiento de una denuncia anónima, derivación del Juzgado o de distintas instituciones, también con la presentación de la mujer en conflicto en la sede del equipo, etc.; y se realiza un contacto personal durante el cual se la  escucha y se la contiene.

            Las intervenciones se orientan a profundizar en las motivaciones que la han llevado a tomar esta decisión y en la existencia o no de una vinculación con el niño/a y –en su caso- la calidad de la misma. Se le informa sobre su situación legal, los alcances de la ley, las derivaciones de su accionar, la forma de trabajo del equipo en las vinculaciones preadoptivas; se esclarecen sus dudas, se la orienta respecto a los pasos a seguir en referencia al diagnóstico realizado previamente.

            Tanto en las situaciones que derivan en adopción, como aquellas en las que se mantiene la vinculación biológica, realizamos acompañamiento y en su caso derivación y articulación con una red institucional de contención. 

            El otro aspecto al que llamamos Procesal  corresponde al seguimiento social y psicológico en las guardas preadoptivas, en las adopciones simples y plenas otorgadas por los Juzgados de Familia, y también la orientación a jóvenes y adultos que se presentan ante el Juez solicitando conocer su realidad biológica. 

(2) Otro de los ejes centrales del E.I.A. es el trabajo con las personas y/o parejas que se inscriben en el Registro Único de Adopción.  

Quienes deciden adoptar ingresando al sistema judicial, acceden a cumplimentar requisitos técnicos, a ser observados, evaluados, indagados respecto a sus vidas privadas, y muchas veces, por primera vez, toman contacto conciente, con sus miedos, fantasías, prejuicios, discriminaciones y deseos profundos.

            El trabajo con estas personas tiene por objetivo que los estudios psicológicos, sociales, médicos, y su consideración interdisciplinaria, establezca si la persona o la pareja está en condiciones de afrontar una paternidad adoptiva saludable.

            Lo que hemos dado en llamar el Proceso de Adopción que transitan las personas que se inscriben en el R.U.A. consta de tres etapas principales, conocidas en el cuadro publicado en el Boletín N° 1

            Lo que sustenta a este eje temático es que la primera responsabilidad por el futuro de los niños que se entregan en adopción, la tiene el sistema judicial a través de una evaluación cuidadosa, responsable y con criterios científicos técnicos apropiados para garantizar que las personas que desean adoptar posean recursos internos y externos suficientes como para sostener una paternidad adoptiva saludable

           

(3) Un tercer eje es el del Trabajo Interinstitucional cuyo objetivo es instrumentar el enlace entre las diferentes instituciones que pueden participar en un proceso de adopción, articulando el sistema judicial con Dirección de Familia, hospitales, áreas municipales, programas de salud reproductiva, centros de salud, ONG, instituciones religiosas y educativas.

Uno de los puntos a destacar en este trabajo interinstitucional es el abordaje de la situación de los niños institucionalizados que se encuentran en condiciones de ser integrados a una familia adoptiva; por lo general se trata de adopciones tardías, múltiples o especiales con un mayor grado de complejidad.

(4) Un cuarto y último eje, las Acciones Preventivas, son aquellas actividades que exceden el accionar judicial, en donde buscamos que todos los que forman parte de estas historias de vida, lo hagan en un proceso de adopción saludable. Son también acciones que buscan instalar la temática de adopción en la comunidad; informando, capacitando y articulando la participación ciudadana responsable, de organismos oficiales y no oficiales.    

CONCLUSIONES

            ¿Por qué hacer énfasis en el proceso que está a cargo del Poder Judicial?

            Porque al estar judicializado el acceso a la adopción, el Poder Judicial

 ( los Jueces, los Juzgados ) se transforma en actor de la temática y no es, precisamente, un actor cualquiera. Es el mediador entre las personas que participan; personas que están viviendo momentos de angustias y temores, ansiedades e ilusiones, y  es justamente, el Poder Judicial el que debe garantizar que los derechos y obligaciones de todos estén contemplados.

            Es una responsabilidad importante, porque la acción de la Justicia o su inacción, impactan directamente sobre las tres partes protagonistas: la mujer en conflicto con su maternidad, las personas que quieren adoptar y lógicamente sobre el niño.   

            No creemos que la juridicidad del proceso de adopción implique idealizar un sistema, pero sí garantiza que todo niño adoptado sea considerado un sujeto de derecho, al estar amparado con la ley que garantiza su identidad consanguínea.

Dentro del marco de la Ley, estamos convencidos de que un trabajo integral que abarque a todos los que participan, con un accionar interdisciplinario y con un Registro administrativo claro, se garantiza la trasparencia indispensable para cumplir con el objetivo de generar un proceso de adopción saludable.