ACORDADA N° 22070

Mendoza, 30 de junio de 2009.

VISTO:

Que por Acordada N° 19.863 de fecha 08 de noviembre de 2.006 se dispuso un procedimiento de remates en "Sobre Cerrado" para asegurar las condiciones de transparencia que deben observarse en las subastas judiciales ordenadas por los Tribunales de la Provincia , y


Que, el art. 3 del Reglamento de Subasta en "Sobre Cerrado", establece la obligatoriedad de la publicación en lista el Acta de presentación del sobre cerrado con la correspondiente identificación del presentante: Documento Nacional de Identidad, domicilio legal y real, el número de individualización del sobre y dado que las actas se publican en lista se pueden contar además la cantidad de sobre presentados.

Que el Acta mencionada en el párrafo anterior al ser publicada en lista y en la web permite que se conozca de antemano el nombre y el número de sobre de cada uno de los proponentes, posibilitando que se generen acuerdos que originan la obtención del menor precio en la subasta mediante el simple recurso de la no presentación de los oferentes que tengan superiores valores.

Que por lo anteriormente expuesto debe suprimirse la obligación de publicar en lista las actas de recepción de sobres.

Que también genera diversas interpretaciones la antelación para la presentación de las ofertas (dos días), siendo conveniente determinarla en horas previas al remate.
Por lo tanto, en ejercicio de las facultades atribuidas la Sala Tercera de la Suprema Corte de Justicia;


Firmado: Dr. Jorge Horacio Jesús NANCLARES, Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dres. Fernando ROMANO y Pedro Jorge LLORENTE, Ministros