QUIEBRAS. Fuero de atracción. Acciones laborales derivadas de accidentes de trabajo (*)

 

(*) En este plenario la S.C.J., siguiendo criterio de la C.S.J.N., cambia el criterio sentado en el plenario "Trigillo".

 

Los procesos en trámite ante la justicia laboral a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 24522 sustentados en acciones por accidentes de trabajo fundadas en la legislación especial en la materia constituyen una excepción al desplazamiento de la competencia contenidos en la ley citada (conf.art.21 inc.5).

 

Suprema Corte de Justicia

Expte.N1 69739 Gómez Julio C. c/Nazar y Cía S.A. p/Ord. s/Competencia.

Mendoza, 23 de abril de 2001.

Fallo Plenario

L.S. 300‑491